UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES

Implementar los procesos técnicos establecidos en la ley N° 2051/03 de contrataciones públicas y el decreto N° 21909/03 que reglamenta la citada norma legal.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

  • Elaborar el programa Anual de Contrataciones de cada ejercicio fiscal y someterlo a consideración, aprobación de la máxima autoridad del convocante.
  • Actualizar en forma permanente la base de datos del sistema de Información de las contrataciones públicas (SICP), en los medios y formas solicitados por la Dirección Nacional de contrataciones públicas.
  • Remitir a la Dirección Nacional de contrataciones Públicas los informes y resoluciones requeridos por la ley y el presente reglamento.
  • Proponer a la máxima autoridad de la convocante a la que pertenezca un proyecto de reglamento interno para regular su funcionamiento y su estructura.
  • Notificar oportunamente a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas el incumplimiento en que incurren los contratistas y proveedores y solicitar la aplicación de sanciones que correspondan por las infracciones cometidas.
  • Implementar las regulaciones sobre organización y funcionamiento que emita la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
  • Elaborar los pliegos de Bases y condiciones particularmente para cada licitación pública, tramitar el llamado y la venta de los pliegos, responder a las aclaraciones y comunicar las enmiendas, recibir y custodiar las ofertas recibidas, someterlas a consideración del comité de Evaluación, revisar dichos informes y refrendar la recomendación de la adjudicación del Comité de Evaluación elevándola la autoridad superior de la convocante si correspondiere.
  • Elaborar los pliegos de Bases y condiciones particularmente para cada licitación por curso de oferta, tramitar las invitaciones y difusión del llamado, responder a las aclaraciones y comunicar las enmiendas, recibir, custodiar las ofertas recibidas, someterlas a consideración del comité de evaluación, revisar los informes de evaluación y refrendar la recomendación de la adjudicación elevándola a la Autoridad superior de la convocante si correspondiere.
  • Establecer las especificaciones técnicas y demás condiciones para la contratación directa, tramitar las invitaciones, responder a las aclaraciones y comunicar las enmiendas, recibir, custodiar las ofertas recibidas, evaluar las ofertas y recomendar la adjudicación cuando no se constituya un Comité de evaluación y elevar la recomendación a la Autoridad Administrativa superior, si correspondiere.
  • Emitir el dictamen que justifique las causales de excepción a la licitación establecidas en el Artículo 33° de la ley.
  • Gestionar la formalización de los contratos y recibir las garantías correspondientes.
  • Mantener un archivo ordenado y sistemático en forma física y electrónica de la documentación comprobatoria de los actos y contratos que sustenten las operaciones realizadas por el plazo de preinscripción.
  • Las demás atribuciones que sean necesarias para ejecutar los procedimientos de planeamiento, programación y presupuesto y contratación de materias reguladas en la ley.
Director:
Correo: uoc@hernandarias.gov.py